Número 25 Madrid, octubre de 1997

Roma y Jerusalén: Un nuevo hito

David Rosen*

La reciente conclusión del acuerdo entre el Vaticano y el Estado de Israel [sobre el estatuto jurídico de las instituciones católicas en Israel], constituye un nuevo hito en un viaje singular, no sólo hacia la normalización diplomática sino también hacia la reconciliación entre la Iglesia Católica y el pueblo judío.

El papa Juan XXIII y el Concilio Ecuménico Vaticano Segundo, que él convocó, introdujeron una revisión radical de las enseñanzas oficiales de la Iglesia con respecto al judaísmo. El Concilio emitió un documento histórico conocido por sus dos primeras palabras, "Nostra Aetate", que no sólo condenaba el antisemitismo y en particular la acusación de deicidio contra los judíos, sino que además afirmaba la eternidad del Pacto Divino con el pueblo judío. Esto allanó el camino para otros avances extraordinarios en la posición católica con respecto al judaísmo y los judíos y eliminó el fundamento de la oposición teológica al restablecimiento del estado judío. Sin embargo, factores políticos relacionados con las comunidades de la Iglesia y en particular sus intereses en oriente próximo retrasaron treinta años la normalización diplomática. Tras la Conferencia de Madrid y el comienzo del proceso de paz, el Vaticano e Israel establecieron una comisión conjunta para buscar y recomendar una fórmula para la normalización plena entre ambos. Esto condujo a la histórica firma del Acuerdo Fundamental entre la Santa Sede y el Estado de Israel a finales de 1993, seguido unos meses más tarde por el intercambio de embajadores.

El texto del Acuerdo Fundamental comienza con un notable preámbulo que ubica al acuerdo dentro del contexto del "histórico proceso de reconciliación entre la Iglesia Católica y el pueblo judío". De hecho, así como la Santa Sede no sólo representa al Estado del Vaticano en este acuerdo y "habla" en nombre de la Iglesia Católica entera, también Israel no sólo representa al estado sino que "habla" en nombre de todo el pueblo judío. Por ende, el acuerdo tuvo un efecto profundamente positivo en las relaciones entre católicos y judíos en todo el mundo. También significó mucho más que una normalización diplomática, ya que sirvió como base para una relación especial entre la Santa Sede, la Iglesia Católica y el Estado de Israel, en la que este último se compromete a otorgar "plenos derechos jurídicos" —es decir, reconocimiento de jure— a la autoridad de la Iglesia Católica en Tierra Santa.

Para comprender lo que esto significa, es necesario señalar que desde el período otomano las iglesias cristianas locales han gozado de un determinado estatuto y ciertos privilegios, gracias a la magnanimidad de la autoridad gobernante. En el Acuerdo Fundamental, Israel se compromete no sólo a confirmar de jure los derechos referentes a las instituciones educativas y filantrópicas de la Iglesia, sino también a normalizar la estructura de autoridad de la jerarquía eclesiástica y sus órdenes religiosas en el marco de la ley israelí. Con este fin, Israel debió formular un estatuto especial que, según comprendieron y acordaron ambas partes, se completaría a lo largo de varios años.

La fórmula acordada fue ratificada recientemente y constituye un paso espectacular que no tiene precedentes. En todos los países en que existen acuerdos, la Iglesia Católica cuenta con autorización para registrar sus diferentes entes como organizaciones seculares sin ánimo de lucro de acuerdo a las leyes del país. Israel ha ido mucho más lejos, otorgando un estatuto legal especial a la Iglesia Católica y a su estructura interna, dándole "plena aplicación" a la ley canónica. Por lo tanto, bajo la ley israelí, la Santa Sede tiene jurisdicción legal sobre sus propias instituciones y bienes en Tierra Santa. Esto, según se ha indicado, no tiene precedentes históricos, ya que nunca ninguna autoridad gobernante en Tierra Santa —y en especial ningún poder no cristiano— ha otorgado a la Iglesia tal status de jure. Es más, esto fue logrado en un país en que la cristiandad en general, y el catolicismo en particular, constituye una minoría muy pequeña.

De acuerdo con este reconocimiento legal de la estructura interna y la autoridad de la Iglesia Católica en Tierra Santa, se elaboró un registro con unos 130 entes y organizaciones de la Iglesia. Cualquier disputa, tramitación, etc., que le ataña, será juzgada y resuelta por (y conforme) a la ley israelí. Esto constituye un voto de confianza a la ley israelí por parte de la Santa Sede, cuya importancia en términos de los intereses regionales no puede negarse. También sirve como una especie de modelo para la Santa Sede, que sin duda desearía lograr acuerdos similares con otros estados y organizaciones nacionales en la región, a fin de poder salvaguardar también en ellos sus intereses.

Sin embargo, la Iglesia logró este acuerdo con Israel debido precisamente a que éste no es una teocracia, sino una democracia moderna, cuya Declaración de Independencia y legislación garantizan la libertad de culto para todas las comunidades religiosas del país. Por cierto, este acuerdo, que será seguido de las leyes y regulaciones necesarias, constituye un testimonio elocuente de la madurez de la democracia israelí y a la dedicación del estado al desarrollo de una sociedad en la que todas las comunidades de Tierra Santa puedan florecer y vivir en libertad.

*David Rosen es director de la oficina en Israel de la Liga Anti-Difamación (ADL) y co-oficial de enlace de esta organización en la Santa Sede.